(140) Inciso reemplazado en la forma como aparece en el texto, por el N� 26, del art�culo 1� del Decreto Ley N� 2.312, publicado en el Diario Oficial de 25 de Agosto de 1978. Para empezar, los términos «factura» y «recibo» tienen definiciones precisas cuando se trata de la contabilidad. Para entender mejor la particularidad de cada documento, los explicaremos por separado y a detalle. El Art. Las devoluciones a que se tengan derecho por las exportaciones, se regir�n por lo dispuesto en el art�culo 36. Vigencia: 01.01.2016 de conformidad al art�culo quinto transitorio. N� 141, de E.F. y R., D.O. 37, se sustituy� el guarismo �50%�(*) y los dos puntos (:) que lo siguen, por la frase: �15%, con... tasa de 50%:�, por el Art�culo 5�, letra e), de la Ley 19.738, D.O. Esta modificaci�n rige, seg�n el art�culo 2� del mismo Decreto Ley, a contar del d�a 1� del mes siguiente a su publicaci�n en el Diario Oficial, afectando a las ventas y dem�s operaciones que se efect�an desde dicha fecha. de 13 de julio de 1996. N�291, D.O. El Servicio de Impuestos Internos, sin embargo, podr� autorizar en casos calificados la exclusi�n de tales dep�sitos del valor de venta e impuesto, y 3�.- El monto de los impuestos, salvo el de este T�tulo. Todas las empresas necesitan emitir documentos tributarios para justificar sus ingresos y ventas. 1�, N� 25, letra a), del D.L. A continuación, te mostramos brevemente cómo anular una factura electrónica emitida desde el portal SOL de SUNAT. de 31 de diciembre de 1987. Lo establecido en el inciso anterior ser� aplicable, del mismo modo, a toda entrega o distribuci�n gratuita de bienes corporales muebles e inmuebles (8-a) que los vendedores efect�en con iguales fines. La modificaci�n referida se aplicar� a contar del 1� de Septiembre de 1978, a aquellas operaciones por las cuales se emita factura o boleta a contar de esa fecha, siempre que la entrega de las especies, o el pago de la remuneraci�n, en caso de servicios, no haya sido anterior a dicha fecha. 28.12.85). Vigencia: 01.01.2016 de conformidad al art�culo quinto transitorio. 17 Diciembre 1976; el D.L. (7-a) Se elimin� el p�rrafo segundo de la letra c) del art�culo 8� por el n�mero ii) de la letra b) del n�mero 3 del art�culo 2� de la Ley N� 20.780, D.O. de 08.02.2016. Art�culo 34.- No podr�n continuar acogidos al r�gimen de tributaci�n simplificada los vendedores o prestadores de servicios, que en raz�n de los factores se�alados en el art�culo 29�, les corresponda quedar afectos al sistema general del Impuesto al Valor Agregado. 2�, N� 5, letra a), de la Ley N� 19.506, D.O. Plantillas De Recibo Así De Fácil Es Emitir Recibos Ionos. N� 825. de 25-Julio-1980. Podrás vender con tarjetas y en efectivo. Esta disposici�n rige, seg�n el art�culo 12, del mismo decreto ley, a contar del 30 de Junio de 1979. Ver: Circular N� 35, de 1988.- S.I.I. de 17 de diciembre de 1976. 11 Junio 1977; el D.S. (31) 11.- El arrendamiento de inmuebles, sin perjuicio de lo dispuesto en la letra g) del art�culo 8� y los contratos de arriendo con opci�n de compra de bienes corporales inmuebles, siempre que en la adquisici�n de los bienes objeto del contrato que haya precedido inmediatamente al contrato de arriendo, no se haya recargado impuesto al valor agregado por tratarse de una venta exenta o no afecta; (31-aa) 12.- Los servicios prestados por trabajadores que laboren solos, en forma independiente, y en cuya actividad predomine el esfuerzo f�sico sobre el capital o los materiales empleados. N� 2.694, D.O. 2� de la misma ley. VIGENCIA: Lo dispuesto en este nuevo inciso rige a contar del 1� de enero de 1989, seg�n se�ala el Art. 12-diciembre-1986), sustituy� la expresi�n �P�rrafos 1� y 3� del T�tulo III�, por la que aparece en el texto. emitido por una institución bancaria para garantizar o. afianzar una transacción comercial hasta un valor y plazo. No obstante lo dispuesto en el p�rrafo precedente, no se considerar�, para los efectos del presente art�culo, la venta de bienes corporales muebles que formen parte del activo inmovilizado de la empresa, efectuada despu�s de transcurrido un plazo de treinta y seis meses contado desde su adquisici�n, importaci�n, fabricaci�n o t�rmino de construcci�n, seg�n proceda, siempre que dicha venta haya sido efectuada por o a un contribuyente acogido a lo dispuesto en el art�culo 14 ter de la ley sobre Impuesto a la Renta, a la fecha de dicha venta. X 41, que expresa: �No obstante, cuando los autom�viles, station wagons o similares hubieren sido adquiridos nuevos, para formar parte del activo fijo de una empresa, su venta quedar� gravada con el impuesto del T�tulo II de esta ley, y se regir� por sus normas�. de 25.08.1978. debe contener esta información. de 14 de Septiembre de 1979. Ya sea boleta o factura electrónica, estos documentos tienen una validez de cara a la empresa o usuario final, junto al Servicio de Impuestos Internos en este caso, nuestro organismo fiscalizador. 11.11.85), Art.2�, letra a), agreg� en el N� 2, en punto seguido, la oraci�n: �Trat�ndose de fletes...�. La tasaci�n y giro que se realicen con motivo de la aplicaci�n del citado art�culo 64 del C�digo Tributario, podr� reclamarse en la forma y en los plazos que esta disposici�n se�ala y de acuerdo con los procedimientos que indica. de 21.06.88. Todos los meses una historia de emprendimiento te sorprenderá. 1�, N� 14, N� 1, del D.L. Para estos efectos ser�n consideradas tambi�n como ventas y servicios, seg�n corresponda: Las importaciones, sea que tengan o no el car�cter de habituales. El texto del inciso octavo suprimido era del siguiente tenor: Con todo, las empresas que quieran acceder al beneficio se�alado en el inciso anterior, deber�n mantener en sus naves un sistema de posicionamiento autom�tico en el mar que permita a las autoridades nacionales verificar su posici�n durante todo el desarrollo de sus actividades, de manera de velar por el inter�s pesquero nacional. Los softwares de mercado están configurados de acuerdo a los estándares y formatos exigidos por el Servicio de Impuestos Internos, por lo cual la tasa de rechazo de DTEs disminuirá de forma considerable o, incluso, llegarás a eliminarla por completo. Descubre qué características debes buscar en un software. 4�, N� 2, de la Ley 18.682, publicada en el Diario Oficial de 31 de diciembre de 1987. ¿Cómo puedo activar la suscripción de Netflix incluido en mi plan? N� 182, D.O. de 13.10.2001. Una vez allí, consigná el Punto de Suministro que se encuentran en tu factura y presioná el botón “Confirmar”. La cámara trasera es triple y la cámara principal del … (iv) En el inciso primero del art�culo 46 se reemplaz� la cifra de US$ 10.004,73, por US$ 15.000,00, conforme al Art�culo 5�, letra e), N� 1 de la Ley N� 19.633, publicada en el D.O. Los impuestos que se recarguen en raz�n de los retiros a que se refiere esta letra, no dar�n derecho al cr�dito establecido en el art�culo 23�; Los impuestos que se recarguen en raz�n de los retiros a que se refiere esta letra, no dar�n derecho al cr�dito establecido en el art�culo 23�; e) Los contratos de instalaci�n o confecci�n de especialidades y los contratos generales de construcci�n; (9) f) La venta de establecimientos de comercio y, en general la de cualquier otra universalidad que comprenda bienes corporales muebles e inmuebles (9-a) de su giro. VIGENCIA: Desde el 1� de julio de 2001. Vigencia: Seg�n dispone el Art. (59-b) En el inciso 4� del art�culo 36, se intercal�, entre las palabras �transporte� y �a�reo�, la expresi�n �terrestre de carga y�, por el Art. La modificaci�n referida se aplicar� a contar del 1� de Septiembre de 1978, a aquellas operaciones por las cuales se emita factura o boleta a contar de esa fecha, siempre que la entrega de las especies, o el pago de la remuneraci�n en casos de servicios, no haya sido anterior a dicha fecha. Potenciado por el nuevo procesador Apple A16 Bionic, el iPhone 14 Pro Max cuenta con una pantalla OLED LTPO de 6.7 pulgadas con soporte always-on y un nuevo notch en forma de píldora que se integra a iOS con las notificaciones. He ��&\��&\�� �� �� �� � � � # # # # # ���� %# %# %# 8 ]# t �' � %# f� � �* �* �* �* �* p+ " �+ �+ � � � � � � � �� � �� � # ]q p+ p+ ]q ]q � # # �* �* � � E{ E{ E{ ]q � # �* # �* � E{ ]q � E{ E{ 2 �� � � �* ���� p� YƠ� ���� �r � O� . N� 3.581, publicado en el D.O. La diferencia de valor que se determine entre el de la enajenaci�n y el fijado por el Servicio de Impuestos Internos quedar� afecta al Impuesto al Valor Agregado. (42) Las normas generales sobre base imponible establecidas en el art�culo anterior, ser�n aplicables tambi�n, cuando proceda, para el c�lculo de las bases imponibles especiales a que se refiere el presente art�culo. N� 2.312, D.O. (122-b) El inciso cuarto original, nuevo inciso tercero fue reemplazado por la letra c) del n�mero 3) del art�culo 1� de la ley N� 20.727, publicado en el Diario Oficial de 31.01.2014. En este �ltimo caso, la exenci�n girar� s�lo respecto de la prima convenida para cubrir este riesgo adicional; 5.- Las primas de seguros contratados dentro del pa�s que paguen la Federaci�n A�rea de Chile, los clubes a�reos y las empresas chilenas de aeronavegaci�n comercial; 6.- (29) Las comisiones que perciban los Servicios Regionales y Metropolitano de Vivienda y Urbanizaci�n sobre los cr�ditos hipotecarios que otorguen a los beneficiarios de subsidios habitacionales y las comisiones que perciban las Instituciones de Previsi�n en el otorgamiento de cr�ditos hipotecarios a sus imponentes; (30) 7.- Los ingresos que no constituyen renta seg�n el art�culo 17� de la Ley de la Renta y los afectos al impuesto adicional establecido en el art�culo 59� de la misma ley, salvo que respecto de �stos �ltimos se trate de servicios prestados en Chile y gocen de una exenci�n de dicho impuesto por aplicaci�n de las leyes o de los convenios para evitar la doble imposici�n en Chile; (30-a) 8.- Los ingresos mencionados en los art�culos 42� y 48� de la Ley de la Renta; 9.- Las inserciones o avisos que se publiquen o difundan de conformidad al art�culo 11� de la Ley N� 16.643, que consagra el derecho de respuesta; 10.- Los intereses provenientes de operaciones e instrumentos financieros y de cr�ditos de cualquier naturaleza, incluidas las comisiones que correspondan a avales o fianzas otorgados por instituciones financieras, con excepci�n de los intereses se�alados en el N� 1 del art�culo 15. 22, ley 19.506, citada. Nota: El derogado Art. 12 Febrero 1981; la Ley N� 18.013, D.O. Para estos efectos, se considerar� tambi�n como beneficiario de un subsidio habitacional otorgado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a la persona natural o jur�dica que adquiera o encargue la construcci�n de un bien corporal inmueble para venderlo o entregarlo en arriendo con opci�n de compra al beneficiario de un subsidio habitacional otorgado por dicho Ministerio, siempre que lo anterior conste en el contrato respectivo, debiendo aplicarse el impuesto al valor agregado en caso contrario. (22) N�mero reemplazado en la forma como aparece en el texto, por el N� 6, del art�culo 1�, del Decreto Ley N� 2.312, publicado en el Diario Oficial, de 25 de Agosto de 1978. (60-b)(60-g)(60-h)(60-i)(60-j) Ser�n tambi�n considerados exportadores para gozar del beneficio establecido en este art�culo, las empresas portuarias creadas en virtud del art�culo 1� de la ley N� 19.542, las empresas titulares de las concesiones portuarias a que se refiere la misma ley, as� como, las dem�s empresas que exploten u operen puertos mar�timos privados de uso p�blico, por los servicios que presten y que digan relaci�n con operaciones de exportaci�n, importaci�n y tr�nsito internacional de bienes. de 29.09.2014. Ver: Circular N� 12, de 1989, del S.I.I. Para estos efectos (42-d), el contribuyente podr� solicitar una nueva tasaci�n, la cual se sujetar� a las normas de la ley N� 17.235, sin perjuicio de la vigencia que tenga el nuevo aval�o para los efectos del Impuesto Territorial, pero deber�n excluirse las construcciones que den derecho a cr�dito fiscal. ¡Descubre aquí todos los que están disponibles! Igual regla se aplicar� en los per�odos sucesivos, si a ra�z de estas acumulaciones subsistiere un remanente a favor del contribuyente. (Sic) La referencia hecha al art�culo 60 N� 9, debe entenderse hecha al art�culo 13 N� 8, del actual Decreto Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Extraer datos de la Sunat. La gran discrepancia radica en que, a diferencia de las facturas, l as notas de ventas no son exigidas por el SII y, por lo tanto, tampoco resultan válidas como respaldo de una operación comercial.. En cuanto a su definición, podemos valorar las notas de … (98) Art�culo 45.- Para determinar el impuesto establecido en el art�culo 42� se aplicar�n en lo que sea pertinente las disposiciones de los art�culos 21�, 22�, 24�, 25�, 26� y 27�, del T�tulo II de esta ley. de 31 de Diciembre de 1987, el cual rige a contar de la fecha de publicaci�n de esta misma ley. 6� del D.L. de 31.12.1987. 8 Octubre 1979; el D.S. P�RRAFO 2� De las facturas y otros comprobantes de ventas y servicios Art�culo 52.- Las personas que celebren cualquier contrato o convenci�n de los mencionados en los T�tulos II y III de esta ley deber�n emitir facturas o boletas, seg�n el caso, por las operaciones que efect�en. buro servicios financieros sac. (D.O. El Servicio de Impuestos Internos deber� pronunciarse dentro del plazo de 60 d�as contado desde la fecha en que reciba los antecedentes correspondientes. Esta modificaci�n rige a contar del 1� de octubre de 1987, seg�n el Art. 1. de Hda. 43 bis, a continuaci�n de n�mero �12�, se agreg� la oraci�n: �ni a los que se importen..., a sus respectivas Zonas Francas de Extensi�n.�, por el Art. N� 10, de 1982, del M. de Transportes y Telecomunicaciones (D.O. ¿Puedo cambiar de proveedor de facturación electrónica? b) En las importaciones, al momento de consumarse legalmente la importaci�n o tramitarse totalmente la importaci�n condicional. de 13 de agosto de 2003; Ley N� 19.914, D.O. VER: Circular N� 45, de 1989, del S.I.I. Tomando en cuenta esto, podemos destacar las siguientes diferencias más allá de la validez legal: La factura es un comprobante que, además del uso interno, cumple con fines legales y tributarios en el entorno chileno, impactando tanto al emisor como el receptor. (130-b) En el art�culo 64, se intercalan los incisos tercero y cuarto nuevos de la forma que aparecen en el texto por el N� 11, del Art. Cabe señalar que -para que le puedan emitir una factura- el comerciante tiene que exhibir el RUT original. Esta modificaci�n rige, seg�n el art�culo 3� del mismo Decreto Ley, a contar del 1� de Julio de 1979. Para los efectos de la ley sobre Impuesto a la Renta, establecida en el art�culo 1� del decreto ley N� 824, de 1974, esta exenci�n corresponde a la se�alada en el art�culo 39, N� 2, de dicha ley. La tramitaci�n de los procesos por estos delitos se sujetar� a las normas del art�culo 163 del C�digo Tributario y la excarcelaci�n de los inculpados se regir� por lo dispuesto en el inciso segundo de la letra f) de dicho precepto, cuando se trate de devoluciones. 6 del D.L. Vigencia: 01.01.2016 de conformidad al art�culo quinto transitorio. (41-a) (41-b) En el caso de adjudicaciones de bienes corporales inmuebles a que se refiere la letra c) del art�culo 8�, la base imponible ser� el valor de los bienes adjudicados, la cual en ning�n caso podr� ser inferior al aval�o fiscal de la construcci�n determinado de conformidad a las normas de la ley N� 17.235. de 30-junio-1979). N� 1.115, de Hda., publicado en el D.O. Esta modificaci�n rige, seg�n los incisos 1� y 2� del art�culo 3, del mismo Decreto Ley, a contar del 1� de Septiembre de 1978, sin perjuicio de que aquellas disposiciones que por ser, tanto en el antiguo como en el nuevo texto del Decreto Ley N� 825, de naturaleza y efectos esencialmente similares, se entiendan vigentes sin soluci�n de continuidad. La transferencia de inmuebles efectuada por contribuyentes con giro inmobiliario efectivo, podr� ser considerada habitual.�, por el art�culo 2� n�mero 1 letra c) de la Ley N� 20.780, D.O. 3.475, sobre Impuesto de Timbres y Estampillas, a contar del 1� de noviembre de 1980, fecha de entrada en vigencia de este �ltimo decreto ley. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974 y 991, de 1976, la Junta de Gobierno de la Rep�blica de Chile ha acordado dictar el siguiente. VIGENCIA: Desde la fecha de publicaci�n de la ley. Sinceramente jamás detecté diferencia alguna de sabores entre una humilde medialuna y un prestigioso croissant (o un absurdo cruasán, que es como hay que escribirlo ahora). (55-c) Ver Decreto N� 1.219 (D.O. de 28 de julio de 2001. (138) El N� 24, del art�culo 1� del Decreto Ley N� 2.312, publicado en el D.O. Igual norma se aplicar� respecto de las sociedades de hecho y comunidades, salvo las comunidades hereditarias y provenientes de la disoluci�n de la sociedad conyugal. N� 2.312, publicado en el D.O. (60-b) (60-g) El beneficio se�alado en este art�culo ser� aplicable asimismo a las entidades hoteleras a que se refiere el art�culo 12, letra E), n�mero 17), de este texto legal, y a las empresas navieras chilenas a que se refiere el n�mero 3 del art�culo 13 de esta ley, que exploten naves mercantes mayores, con capacidad de pernoctaci�n a bordo, y que tengan entre sus funciones el transporte de pasajeros con fines tur�sticos, en cuanto corresponda a servicios prestados a turistas extranjeros sin domicilio ni residencia en Chile. ), que pasa a ser punto seguido (. (31-a) En el Art. Vigencia: 01.01.2016 en conformidad al inciso 1� del art�culo 2�. (42-f) En el inciso 6� del art�culo 17 se sustituye la expresi�n �promesa de venta�, por �de arriendo con opci�n de compra�, por el n�mero i), de la letra c), del n�mero 6, del art�culo 2� de la Ley N� 20.899, D.O. La modificaci�n referida se aplicar� a contar del 1� de Septiembre de 1978, a aquellas operaciones por las cuales se emita factura o boleta a contar de esa fecha, siempre que la entrega de las especies o el pago de la remuneraci�n en caso de servicios, no haya sido anterior a dicha fecha. 43 - LA FAVORITE. N� 825, de naturaleza y efectos esencialmente similares, se entiendan vigentes sin soluci�n de continuidad. de 18 de Noviembre de 1997. N� 3.581, D.O. 9� dispone: Art�culo 9�.- La emisi�n y venta de los boletos de la Loter�a de Concepci�n y los premios que contemple cada sorteo, estar�n exentos de todo impuesto, contribuci�n o gravamen, sean fiscales o municipales, salvo el establecido en el art�culo 2� de la Ley N� 18.110. Vigencia: 01.01.2016 en conformidad al inciso 1� del art�culo 2�. 4�, N� 1, de la Ley 18.682, publicada en el D.O. En el caso de impuestos acreditados con factura, �stos s�lo podr�n deducirse si se hubieren recargado separadamente en ellas. de 11 de septiembre de 1999. de 30.06.1979. (55-e) En el inciso quinto del Art�culo 27 bis, se suprimi� la oraci�n �La tramitaci�n de los procesos por estos delitos se sujetar� a las normas del art�culo 163 del C�digo Tributario y la excarcelaci�n de los inculpados se regir� por lo dispuesto en el inciso segundo de la letra f) de dicho precepto, cuando se trate de devoluciones.�, por el Art�culo 45 de la Ley N� 19.806, publicada en el D.O. (69) El art�culo �nico de la Ley N� 18.262, publicada en el D.O. 2 Julio 1980; el D.L. (14) Inciso final agregado por el N� 2 del art�culo �nico de la Ley N� 18.013, publicada en el D.O. En el caso de que en cualquiera de los per�odos tributarios siguientes existan operaciones exentas o no gravadas, deber�n adicionalmente restituir las sumas equivalentes a las cantidades que resulten de aplicar la tasa de impuesto establecida en el art�culo 14, que se determine de multiplicar las operaciones totales del mes por la proporci�n de operaciones gravadas usada para determinar el cr�dito fiscal en el mes de adquisici�n del activo fijo que origin� la devoluci�n y restar de dicho resultado las operaciones afectas del mes. (26-a) Nuevo N� 12 agregado por el Art. Lo que transcribo a Ud. Afip Implementa El Libro Iva Digital Para Registrar Las. (116-b) El art�culo 54 fue reemplazado, como se presenta en el texto, por el n�mero 2) del art�culo 1� de la ley N� 20.727, publicado en el Diario Oficial de 31.01.2014. de 4 de septiembre de 1980, sustituy� el guarismo �4%� por �0,5%�. Una buena manera de optimizar la gestión de estos documentos tributarios es usando un. 4�, N� 2, de la Ley 18.682, publicada en el D.O. Vigencia: 01.01.2016 de conformidad al art�culo quinto transitorio. N� 3.257, D.O. Topic Cluster CTA: [{"blog":"5569189677","button":"¡Quiero Cotizar! Esta modificaci�n rige, seg�n el Art. En el caso que las especies se�aladas en esta letra presenten la composici�n nutricional de elevado contenido de az�cares a que se refiere el art�culo 5� de la ley N� 20.606, la que para estos efectos se considerar� existente cuando tengan m�s de 15 gramos (g) por cada 240 mililitros (ml) o porci�n equivalente, la tasa ser� del 18%. 36, despu�s del punto(.) 27 bis, agregado por el Art. Al final, la diferencia entre boleta y factura radica en la persona a quien se le entrega, pues para el vendedor es casi igual dar uno u otro documento. Art�culo 70.- En los casos en que una venta quede sin efecto por resoluci�n, resciliaci�n, nulidad u otra causa, el Servicio de Impuestos Internos, a petici�n del interesado, anular� la orden que haya girado, no aplicar� el tributo correspondiente o proceder� a su devoluci�n, si hubiere sido ya ingresado en arcas fiscales. (20) Inciso segundo agregado, sustituyendo el punto y coma (;) del inciso primero del N� 1 por un punto aparte (. (19-a) A contar del 1� de Enero de 1990, fue derogada la exenci�n establecida en el N� 4 de la letra A) del Art. de 19 de junio de 2001; Ley N� 19.747, D.O. de 29.09.2014. El vendedor lo incorpora en el precio de venta al público, por lo que éste aumenta en un 19% y se ve reflejado en la factura o boleta de venta. Los contribuyentes se�alados en el inciso anterior, restituir�n las sumas recibidas mediante los pagos efectivos que realicen en Tesorer�a por concepto del Impuesto al Valor Agregado, generado en la operaciones normales que efect�en a contar del mes siguiente del per�odo al cual esas sumas corresponden. 8�, letra a), de la Ley 19.041, D.O. 55, parte inicial, se sustituy� la expresi�n inciso �tercero� por �cuarto�, en la forma como aparece en el texto, seg�n dispone el Art. (31-aa) Se intercala, en el n�mero 11 de la letra E del art�culo 12, antes del punto y coma, y a continuaci�n de la expresi�n �sin perjuicio de lo dispuesto en la letra g) del art�culo 8��, la frase que aparece en el texto, por la letra d., del n�mero 4, del art�culo 2� de la Ley N� 20.899, D.O. 12 Abril 1978; el D.L. (67) Art�culo 38.- El impuesto que se establece en el art�culo anterior se aplicar�: a) En las ventas, sobre el valor de transferencia de las especies, y b) En las importaciones, sobre el valor de los bienes importados, en los t�rminos establecidos en la letra a) del art�culo 16�, y deber� ser pagado por el respectivo importador conjuntamente con el Impuesto al Valor Agregado en la forma y oportunidad se�aladas en la letra b) del art�culo 9�. de 25 de Agosto de 1978, reemplaz� la frase �los art�culos anteriores� por las palabras �este P�rrafo�. de 19 de junio de 2001. TITULO II Impuesto al Valor Agregado P�RRAFO 1� Del hecho gravado Art�culo 8�.- El impuesto de este T�tulo afecta a las ventas y servicios. (133) Inciso final del Art. La petici�n que se realice al efecto deber� presentarse antes de que se dicte sentencia de t�rmino. Cuento con más de 10 años de experiencia en el área comercial y de Marketing, desarrollando estrategias de negocios, posicionamiento de marcas y productos, gestión comercial y de clientes, para Argentina, Chile, Uruguay, Paraguay y Perú. El impuesto a las importaciones gravadas en esta ley, cuando proceda, deber� pagarse antes de retirar las especies del recinto aduanero, salvo que se trate de importaciones (130-a) efectuadas por personas que respecto de su giro no sean contribuyentes del impuesto de esta ley, en cuyo caso podr�n optar pagar el impuesto en la oportunidad antes se�alada o en las fechas y cuotas que fije la Direcci�n Nacional de Impuestos Internos, pudiendo �sta exigir las garant�as personales o reales que estime conveniente para el debido resguardo de los intereses fiscales.